
De acuerdo con la legislación italiana vigente (Decreto del Ministerio de Asuntos Exteriores N. 850/2011, Art. 13, Anexo A), es posible expedir Visados Nacionales de Residencia Electiva y visados turísticos de larga duración de múltiples entradas (5 años) para aquellos solicitantes que estén dispuestos a trasladar su residencia a Italia y sean capaces de mantenerse económicamente sin necesidad de trabajar.
Requisitos para el permiso de residencia
- ser un extranjero dispuesto a establecerse en Italia;
- poder mantenerse económicamente sin tener que trabajar en Italia;
- proporcionar garantías adecuadas y documentadas sobre la disponibilidad de una vivienda en Italia en la que residir (contrato de alquiler a largo plazo o, mejor aún, inversión inmobiliaria);
- proporcionar garantías adecuadas y documentadas de tener un ingreso independiente, estable y regular, cuya continuidad en el futuro pueda ser razonablemente presupuesta. Estos recursos financieros, de un importe no inferior a 31.000 euros anuales, deben proceder de grandes ingresos (pensiones, rentas vitalicias, etc.), de la propiedad de bienes inmuebles, de actividades económicas/comerciales estables o de cualquier otra fuente. No se pueden tener en cuenta los ingresos derivados del empleo;
- proporcionar una verificación de antecedentes penales del país en el que el inversionista ha estado viviendo durante los últimos 12 meses.
Teniendo en cuenta que, aunque la legislación vigente en Italia establece unos ingresos anuales mínimos de 31.000 euros, las diferentes embajadas suelen exigir unos ingresos más elevados y, obviamente, disponen de una amplia discrecionalidad a la hora de conceder el visado.
En cuanto a la "estancia mínima" en Italia, el permiso de residencia, que permite a los residentes vivir en Italia y en el espacio Schengen, no puede renovarse ni prorrogarse si el solicitante sale de Italia por un período continuado de más de 6 meses. Se puede hacer una excepción en los casos en que el solicitante haya tenido que cumplir deberes militares u otros motivos graves documentados. Por esto, es importante que el solicitante no permanezca fuera de Italia durante un período continuo de 6 meses. Puede, por ejemplo, salir de Italia (viviendo fuera de Italia) durante 11 meses, pero no durante un período continuo de más de 6 meses; debe salir y volver antes de que los 6 meses terminen, y marcharse de nuevo al día siguiente.
El solicitante que obtiene el "visto elettivo" al trasladar su residencia a Italia puede solicitar la ciudadanía italiana después de 10 años de residencia.
Visado de turista Schengen de larga duración
Si el solicitante no tiene intención de trasladar su residencia a Italia, es posible solicitar una opción diferente, el visado turístico Schengen de larga duración. En este caso, el solicitante debe comprar una propiedad residencial en Italia pero no trasladar su residencia a Italia, y no puede solicitar los diversos requisitos de ingresos de la Visa Dorada (es decir, los 31.000 euros anuales de ingresos fijos).
En cuanto a la "estancia mínima" para esta segunda opción, el requisito es el opuesto al primero. De hecho, el solicitante puede permanecer y vivir en el espacio Schengen no más de 3 meses por semestre. Es decir, del 1 de enero al 30 de junio, puede permanecer en la UE sólo 90 días, y durante el mismo período máximo de 90 días durante el segundo semestre (del 1 de julio al 31 de diciembre). Por lo tanto, en este caso no existe una "estancia mínima" en Italia o en la UE.